Derechos de niños
La
infancia es una etapa que enmarca del nacimiento hasta los 18 años, donde se
demarca de alguna manera su historia futura. Es aquí donde se crean los lazos
de apego, la seguridad, confianza y la cultura, es por esto que los niños deben
ser protegidos y cuidados por un ser mayor capacitado siendo en primeras
instancias por padres, si no son estos, suelen ser abuelos o familiares y cómo
último recurso actúan las políticas sociales públicas como el SENAME dándoles
un hogar, pues solos no serían capaces de desarrollar su autonomía.
Las
primeras discusiones para generar conciencia sobre las condiciones en que los
niños estaban insertos, ocurren en el siglo XIX, donde solo era una idea. Ya en
el siglo XX son redactadas las primeras declaraciones de los derechos del niño,
a su vez nace UNICEF, que en 1953 se vuelve parte de la Organización de
naciones unidas. El fondo de las naciones unidas para la infancia tiene como
responsabilidad ayudar a los niños y proteger sus derechos.
Por
esta entidad se ha puesto en primer plano las necesidades de los niños,
impulsando medidas legislativas para que esto no sólo quede en un discurso.
También UNICEF logra cambiar el paradigma vivido por los niños, ya que ahora
son un ser con derechos, independientes de los padres. Chile también adscribe a
esta entidad (1990).
Como futuros fonoaudiólogos debemos estar al
tanto y participar en decisiones en torno a la salud y educación de menores,
para hacer frente a minimizar la vulneración de derechos de niños, y aportar en
forma íntegra al desarrollo de la comunicación en menores debido a que es su
primera fuente de dar a entender lo que les ocurre en su interior, así podrán
estar al tanto de lo que significa la construcción abstracta del derecho, dando
a entender cuando se sienten vulnerados.
Ø ¿Qué es un derecho?
Para
comenzar este informe es necesario partir de una manera deductiva, es decir,
desde lo más general a lo más específico. Cuando hablamos de derecho nos
referimos a: “El derecho es un conjunto de normas que regulan la conducta
externa de las personas y para cuyo cumplimiento el Estado puede emplear la
fuerza”.
En
la antigüedad notábamos como los niños eran vulnerados, no se pensaban en
infantes sino más bien se pensaba que eran adultos por crecer, los cuales
tendrán que trabajar para ayudar a la familia. Las condiciones de antes eran
completamente distintas los niños debían trabajar para así ayudar a su familia
en lo económico y es ahí donde los explotaban, pues ellos no sabían que tenían
derechos como niños y tenían que cumplir de buena forma su infancia para así
poder llegar a tener un buen futuro. Es por esta razón que se comenzó a crear
un debate con respecto a los derechos de los niños, ya que estos no son capaces
de cuidarse y necesitan de una persona
adulta que los guíe y les des las condiciones óptimas para vivir. A
continuación se presenta la reseña histórica de la conformación de la
declaración universal de los derechos de los niños
Ø Desarrollo Histórico
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una Declaración Universal de Derechos Humanos. Implícitamente, este documento fundador incluía los derechos de los niños, pero no tardó en llegarse al consenso mundial de que las necesidades particulares de los niños, niñas y adolescentes debían ser especialmente definidas.
En 1959, las Naciones Unidas aprobaron una Declaración de los Derechos del Niño que consistía en 10 derechos, y que no constituía una obligación legal para aquellos países que la firmaran.
En 1978, el gobierno de Polonia sometió a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas la versión previsional de una convención sobre los derechos del niño. Durante el Año Internacional del Niño, en 1979, la comisión creó un equipo de trabajo para coordinar una serie de ideas sobre dicho documento, las que se presentaron a los gobiernos de todo el mundo. Luego siguieron diez años de riguroso estudio y negociaciones del texto definitivo.
En 1989 se finalizó la Convención y fue adoptada por la Asamblea General el 20 de Noviembre. Si bien preservaba el espíritu de la Declaración de los Derechos del Niño, la Convención reflejaba problemas e intereses contemporáneos que habían surgido en los últimos 30 años, tales como la protección ambiental, el consumo de drogas y la explotación sexual. La Convención entró en vigor en 1990, después de ser ratificada por 20 países. (UNICEF, 1999)
Ø Convención de los derechos del niño.
Es
un tratado internacional emanado de las Naciones Unidas que reconoce los
derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas
menores de 18 años. En términos generales, establece que los Estados
Partes deben asegurar que todos los niños y niñas -sin ningún tipo de
discriminación- se beneficien de una serie de medidas especiales de
protección y asistencia. (UNICEF)
Va a Contener 54 artículos reunidos en un sólo tratado
siendo estos todos los asuntos
pertinentes a los derechos del niño, los cuales pueden dividirse en cuatro
amplias categorías:
- Derechos a la Supervivencia
- Al Desarrollo
- A la Protección
- A la Participación.
Para
poder llevar a cabo estos derechos y realmente contextualizarlos es necesario
el nuevo concepto de niño, el cual fue acuñado por UNICEF, en el cual los “niños
y niñas no son ya ni la propiedad de sus padres ni los beneficiarios indefensos
de una obra de caridad. Son seres humanos y los titulares de sus propios
derechos”. Gracias a esto se puede tomar
al niño como lo que es, un ser integral y autónomo en cierta medida, el cual no
es propiedad de los padres, ni de la sociedad, sino más bien es su dueño único,
el cual necesita apoyo para tener un correcto desarrollo, pues el menor aún
está en vías de conseguir su completa autonomía.
Gracias
al nuevo concepto de niño, se crearon los 54 artículos, dentro de los cuales
encontraremos 10 universales.
Ø Derechos de los
Niños (universales)
Los Estados partes, al suscribir la
Convención sobre los Derechos del Niño, se comprometieron a:
1.
No discriminarlos por su religión, sexo, origen social, cultura o por sus
capacidades, porque todos los niños nacen libres e iguales en
dignidad y derechos.
2.
Lograr que toda la sociedad y sus autoridades
políticas cumplan con sus
obligaciones y respeten todos sus derechos.
3.
Lograr que accedan a las mejores prestaciones de salud y condiciones de vida desde su
nacimiento, a las vacunas y controles que les corresponden, y a
una alimentación de calidad.
4.
Prevenir
que sean víctimas del SIDA y sus devastadoras consecuencias.
5.
Terminar
con el maltrato, el trabajo infantil y cualquier otra forma de explotación.
6.
Escucharlos
y promover que participen en sus propios asuntosy en los asuntos de su familia, escuela, ciudad y país.
7.
Lograr que
todos asistan a la escuela, al colegio o el liceo. Ellos tienen derecho a terminar sus años de estudio.
aprender y desarrollar al máximo sus capacidades, en un entorno de respeto y
sana convivencia.
8.
Impedir
que participen en guerras, conflictos armados, luchas internas y actos
violentos. Y que
reciban protección especial en las guerras.
9.
Hacer los
mejores esfuerzos para que dejen de vivir en ambientes contaminados, poniendo en riesgo su salud y la de sus familias.
Autoridades y toda la sociedad, debemos comprometernos a cuidar la tierra para
nuestros niños.
10.
Luchar
para que no sean pobres. La pobreza
infantil destruye cualquier futuro posible y es deber de los gobernantes y de
toda la sociedad invertir en la infancia.
Todos
estos derechos antes mencionados forman parte del tratado, el cual fue firmado
por 193 países donde se deja en claro que al momento de firmar son cada uno de
los estados los que se tienen que hacer cargo de la difusión, defensa y
cumplimiento de los derechos. Sin embargo no en todos los países se puede
llevar a cabo el mismo proceso, pues como las realidades son distintas los
derechos se tendrán que contextualizar. “va a depender de cada país, cultura o
comunidad el proceso que lleven a cabo para fomentar los principios de la
Convención.” (UNICEF, 1999)
Ø Contextualización de los derechos en chile
El
estado de Chile firmo y suscribió la “Convención sobre los Derechos del Niño”
el 26 de enero de 1990. El 10 de
julio de ese mismo año fue ratificada por ambas ramas del congreso y confirmada
ante las Naciones Unidas el 13 de agosto. La promulgación como ley fue
divulgada en el Diario oficial del 27 de Septiembre de ese año, fecha en la que
la convención entro en vigencia en Chile, mediante el Decreto Supremo 830 del
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Desde entonces, Chile por ser un Estado parte de este
tratado se comprometió a presentar al Comité de los Derechos del Niño, informes
sobre las medidas adoptadas para dar efecto a los derechos reconocidos en la
Convención y sobre el progreso que haya realizado en cuanto al goce de esos
derechos.
A 15 años de la Ratificación de la Convención sobre
los Derechos del niño (CDN), UNICEF analizó la evolución de la situación de la
infancia en el país entre 1990 y 2005, abordando los derechos de los niños con
relación a: condiciones de vida dignas, la educación, a vivir en familia y a la
protección legal y judicial. (UNICEF, 2005)
Ø Derecho a
condiciones de vida digna, desarrollo personal e igualdad de oportunidades.
Pobreza
Si
lo miramos desde una perspectiva estadística vemos como desde la dictadura
hasta hoy en día han disminuido a la mitad la pobreza, sin embargo sigue existiendo
y en gran cantidad. De acuerdo a estudios realizados por UNICEF queda
demostrado que los niños son los más afectados por la pobreza, ya que en los hogares de menores ingresos
existen proporcionalmente más niños, niñas y adolescentes. Son afectados en un
43% más por la pobreza y en un 55% más por la indigencia que el resto de la
población. También MIDEPLAN junto a UNICEF crearon otro sistema de estudios en
el 2002, índice de infancia, “el cual combina
en un solo indicador –a nivel comunal- las dimensiones de salud, educación,
ingresos familiares y condiciones de habitabilidad de las vivienda.” (UNICEF) los resultados de
esta investigación demostraron que el 14% de las personas menores a 18 años
viven en comunas que no satisfacen las necesidades básicas.
Estas
cifras son desalentadoras, ya que este es uno de los derechos más importantes,
pues de él se pueden derivar varios cómo lo son la educación y la salud. Si nos
basáramos en la realidad de otros países donde la salud y educación son
gratuitas esto no sería un problema, no obstante, en nuestro país nos
encontramos con este gran dilema de que la educación y salud son gratuitas,
pero hasta cierto punto, ya que existe educación pública, pero su calidad no es
la misma que reciben los colegio privados o subvencionados y ya con eso no se
está cumpliendo el derecho de la igualdad. Lo mismo podríamos decir de la salud
donde sólo algunas enfermedades las cubre el AUGE( del cual se hablará más
adelante) dejando de lado un sinfín de enfermedades que van a involucrar a
pequeños donde no se hacen valer sus derechos. Gracias a ejemplos tan simples
como los anteriores podemos notar que la gente más desprotegida son la gente
que vive en pobreza y de acuerdo a esto también se puede decir entonces que las
personas que viven en riesgo social serán las más vulneradas en cuanto a sus
derechos.
Es
entonces en este ámbito donde el estado tiene que poner toda su ayuda y no sólo
dando bonos, lo que no está mal, sino más bien soluciones que cambien de fondo
este problema de pobreza que es una violación a muchos derechos y el gobierno
se tiene que hacer cargo de ello pues al momento de firmar el tratado ya
asumieron como el eje central de la responsabilidad de hacer cumplir los
derechos. Ellos no solo tienen que supervisar que el resto los cumpla sino más
bien tienen que generar soluciones de fondo. Aquí llegamos a una solución que han
planteado en cuanto a las viviendas sociales las que el estado dice que cumplen
con todos los requisitos básicos para desarrollarse correctamente. “Aunque hoy más niños/as chilenos habitan
viviendas con estándares básicos de seguridad, salubridad y espacio, y mejor
equipadas que a comienzos de los '90, todavía 1 de cada 5 chilenos vive en
hogares sin acceso a alguno de los servicios básicos y 1 de cada 4 vive en
condiciones de relativo hacinamiento” (UNICEF) . Ahora hay que
destacar que estas viviendas sociales son ubicadas en la periferia de las
ciudades y son muy pequeñas, es decir, las familias siguen viviendo asinadas.
Educación
Los
gobiernos democráticos han dado prioridad al mejoramiento de la educación
chilena en los últimos 15 años, mediante la implementación de una ambiciosa
Reforma Educacional que busca aumentar las oportunidades educativas de los
niños, niñas y adolescentes, el mejoramiento de los aprendizajes y la
conformación de un sistema escolar más inclusivo y no discriminatorio. La
Reforma Constitucional que garantiza a todos los niños 12 años de escolaridad
también es una medida que apunta a esos logros.
Algunas cifras dan cuenta que la gran
transformación en educación ha tenido que ver con el aumento de las
oportunidades educativas. Mientras en 1990 el 41,1% de los niños y niñas de 4 y
5 años asistían a la educación preescolar, en 2003 ese porcentaje se elevó a
64,7%; entre 1992 y 2002 se redujo a la mitad la población de 15 a 29 años que
no completó la educación básica, y mientras en 1990 el 19,7% de la población
entre 14 y 17 años no asistía a la educación media, en 2003 esta cifra se
redujo a 7,4%.
Aunque desde 1990 se han llevado a cabo
iniciativas para mejorar la calidad de los aprendizajes de los alumnos,
fortaleciendo primero las capacidades y el rol de los profesores,
democratizando el acceso a más y mejores recursos de aprendizaje e implementando
un nuevo currículo adecuado a los desafíos de la sociedad contemporánea, aún
los resultados son bajos. Aunque éstos se pueden explicar por varias causas
sobre todo en aquellos menores que pertenecen a los sectores más pobres, en
estos casos la baja calidad educativa es una característica más general del
sistema escolar chileno. (UNICEF, 2005)
Las grandes diferencias que existen entre una
educación pública, versus una educación privada son enormes debido a que
en aquellas que estatales. los recursos que el mismo estado entrega son
limitados provocando una falta en materiales necesarios para el desarrollo y
aprendizaje del menor, dejándolo la mayoría de las veces, en un nivel inferior
al alcanzado por colegios privados. Esto sumado a la implementación de la
jornada escolar completa que existe en la mayoría de los colegios municipales,
la cual está lejos de favorecer al desarrollo de la personalidad, aptitudes,
capacidades mentales y físicas del niño, así como también a impulsar su propia
responsabilidad moral, social y cultural.
En relación a la inclusión y no discriminación es
posible decir que a la fecha han disminuido tales temáticas sobre todo se ve
reflejado en la inserción de alumnas embarazadas y
estudiantes con necesidades educativas especiales. En el caso de madres
adolescentes, en el año 2000 se dictó una ley que prohíbe la discriminación de
las estudiantes embarazadas en los colegios y a partir de 1990 el sistema
educacional amplió sustancialmente la oferta para los niños y niñas con
necesidades educativas especiales, tanto en escuelas especiales y centros de
capacitación laboral como en los establecimientos de educación regular con
proyectos de integración. (UNICEF, 2005)
Sin embargo, una proporción importante de estos
niños y niñas continúa estudiando en escuelas segregadas del resto de los
alumnos y existe un importante número de niños, niñas y adolescentes con
discapacidades severas que no tienen acceso al sistema escolar.
Pero,
¿realmente se encuentran bien implementadas las medidas de integración de
menores con necesidades educativas especiales?, a los cuales se les trata de
forma distinta en la misma aula, provocando en los demás niños extrañeza que
los hace observar aun más detalladamente aquellas diferencias que terminan por
denotar aun más las discrepancias entre ellos y su forma de aprender.
Salud
La salud de la
infancia es una de las muchas responsabilidades. Unos niños y niñas sanos serán
adultos sanos: personas capaces de lograr un futuro mejor para ellos mismos, su
comunidad y su país. El sistema de salud
en chile no cubre gratuitamente todas las enfermedades de los niños, sin embargo,
cuenta con el plan AUGE, dentro del cual se insertan algunas enfermedades que
involucran a niños.
El auge en el niño son :
·
Cardiopatia
congenita operable en menores de 15 años :
·
Fisura
labiopalatina:
·
Cáncer en
menores de 15 años:
·
Disrafias
espinales
·
Infeccion
respiratoria aguda:
·
Salud oral
integral para niños de 6 años :
·
Prematurez
:
·
Estrabismo
en menores de 9 años :
·
Asma
bronquial moderada y severa en menores de 15 años
·
Síndrome
de dificultad respiratoria en el recien nacido :
·
Fibrosisquística
Finalmente, avalar el
derecho de los niños al acceso y disfrute de todos los servicios sanitarios.
Frente a estos aspectos, el Comité por los derechos niño hace recomendaciones
respetuosas a cada país, los cuales rinden informes cada tres años para mostrar
las acciones implementadas en procura del cumplimiento de los derechos de la
infancia con la finalidad de mejorar sus condiciones de vida. A nivel general,
falta preparación y aplicación de políticas de promoción y protección en salud
que faciliten la coordinación interinstitucional e intersectorial en beneficio
del derecho a la salud de la infancia, a fin de garantizar una acción integrada
que responda a situaciones epidemiológicas que por geo-referenciación afecten a
niños y niñas.
Justicia
Entró en vigencia en Chile en la primera mitad del siglo XX , a través de los juzgados de menores. Las leyes y políticas que controlan si un niño está formalmente “en conflicto con la ley” variarán dependiendo del contexto del país. No obstante, las situaciones que deberían generalmente incluirse, son las siguientes:
-Niños que están considerados en “riesgo de delinquir” y/o considerados en peligro debido a su comportamiento.
-Niños encontrados en una “situación irregular”, o considerados en peligro por el entorno en el cual viven.
-Niños aprehendidos por autoridades encargadas de hacer cumplir la ley que actúan por razones impropias.
-Niños privados de libertad en relación con una solicitud de asilo presentada por el niño o por su familia.
Los niños comprendidos en estas categorías (como los niños que pasan la mayor parte de su tiempo en la calle) pueden o no técnicamente haber cometido un delito con arreglo a la ley nacional de que se trate. Sea como sea, estos niños se encuentran en un lugar de privación de libertad porque han sido detenidos por la policía. Desde el punto de vista de la protección del niño, idealmente tales situaciones o comportamientos no deberían penalizarse mediante la tipificación de un delito específico en la ley nacional, ni tratarse como delictivos en la práctica. Antes bien, debería considerarse que los niños que se hallan en estas situaciones están necesitados de cuidado y protección, y debería sometérseles a la atención de un asistente social.
Ø Derecho de los Niños y Niñas a la Convivencia
Familiar
Este
derecho representa que su círculo familiar es positivo, por esto la convención
de derechos humanos da a los padres responsabilidades para proteger el
desarrollo del niño, obligando al estado a tomar medidas para apoyar esta
causa.
En
chile el panorama familiar ha cambiado, ya que aumentó el número de hogares,
disminuyó el matrimonio y aumentó la convivencia.
Frente
al debate del foco familiar, llevó a que los niños y adolescente fueran
considerados como portadores del derecho y ser un grupo estratégico para el
desarrollo de país, por esto se crea la ODP, que es una nueva manera de
enfrentar proteger los derechos y convivencia, y también es creado Chile
Solidario, para ayudar a superar la pobreza.
Han
existido diferentes hitos para lograr fortalecer la familia: “a) existen más niños que conviven con sus
familias y menos que permanecen internados en instituciones; b) se promulgó la
Ley que reformó el Código Civil poniendo término a la intolerable distinción entre hijos legítimos e
ilegítimos ; y c) se
aprobó la ley que sanciona la Violencia Intrafamiliar que,
aunque no cambia por sí misma la dolorosa realidad del maltrato infantil que
afecta a un importante número de familias chilenas, entrega una señal
inequívoca de que el Estado no permanece neutral frente a las agresiones y
abusos.” (unicef, 2002)
Maltrato infantil
Unicef
define como maltrato infantil al hecho de que un niño (hasta los 18 años),
sufra ocasionalmente o habitualmente actos de violencia física, sexual o
emocional, sea en grupo familiar o institución social. Durante la convención de
derechos del niño certificada por chile (1990), en su artículo 19 estableció
que: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas,
administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra
toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente,
malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se
encuentre bajo la custodia de los padres, un representante legal o de cualquier
otra persona que lo tenga a su cargo”. Para que el estado cumpla con esto se
deberán crear programas sociales que se dediquen a prevenir, identificar
agresiones, rehabilitar víctimas, investigación de los hechos e intervención judicial.
En
cuanto maltrato de menores, en chile se realizó una encuesta (por Unicef) donde
se entrevistaron a una muestra de alumnos de octavo año básico, donde las
edades fluctuaban de 12 a 18, el mayor porcentaje pertenecía a los 13 años. Se
observa que el 48.7% son hombre y 51.3% son mujeres. Los colegios a los que
pertenecían eran de diversa índole (municipal, subvencionado y particular).
La violencia
familiar da como resultado, que la mayoría de los menores han sufrido
violencia, pero está ha sido leve.
(Figura 1.)
Figura 1. Investigación Unicef 2006 |
Finalmente de este estudio la institución da cuenta de que existe un
grave problema en Chile, ya que el 75.3% ha recibido algún tipo de violencia.
Siendo más de la mitad violencia física, y un cuarto violencia física grave.
Según estudios anteriores también se puede establecer que el nivel de violencia
psicológica ha aumentado respecto a 1994 y 200 (fechas anteriores donde se
realizaron los estudios), pero la violencia física grave ha disminuido en el
nivel socio-económico bajo. Esto da luz de que los proyectos de apoyo para
familias de bajos recursos o indigentes ha tenido resultados positivos.
Respecto específicamente a abusos sexuales el CAVAS entrega como
resultado que en Chile se producen 20000 delitos sexuales al año, siendo
principalmente afectados niñas menores de 11 años.
Conclusiones
derecho de convivencia
·
¿Es necesaria la violencia en la educación?, creemos que el caso en que
niño se sienta vulnerado (pues tampoco se debe sacar de contexto la acción del
padre y el término violencia), es totalmente prescindible la violencia, ya que
los padres deben estar conscientes que educar es una responsabilidad y así
mismo transmitir a sus hijos que deben
asumir un compromiso con sus conductas, no refiriéndonos a castigos, pero sí
que cada acción que hagan tendrá su consecuencia posterior.
·
Incorporar en programas de salud la variable de detección temprana de
abusos. Este punto lo consideramos neurálgico, ya que si el estado también
brindara las facilidades de detección temprana, promoviendo que quizás se ponga
en evidencia algo que no todos los miembros de la familia sabían, alejar a la
persona que maltrate del círculo familiar, ayudar psicológicamente al
victimario y víctima. En el caso de la víctima intentar que este episodio lo
pueda superar, no queden secuelas que pueda afectar a futuro la convivencia con
otros, entender las consecuencias de lo que su familiar hizo (encubrimiento, o
ruptura de familia y lazos familiares).
·
Convivencia familiar en niños de hogares, velar porque el estado no dé
como solución el ingresarlos a un lugar de estadía, si no que en este el niño
tenga las mismas posibilidades recreativas, de expresión y poder relacionarse
en un ambiente positivo dentro de su hogar, ya que existen muchos hogares donde
se ve bullying, exclusión o abusos donde todo esto refleja no tener una buena
convivencia y decanta en múltiples problemas psicosociales.
·
Existencia de una gran relevancia del círculo familiar, ya que son la
primera protección que acompaña al niño a desarrollar su autonomía, son el
modelo principal de aprendizaje que existe y de ellos los valores inculcados.
Es fundamental para que se realicen en primeras etapas los derechos, tal como
salud, expresión, prevención sida, no ser maltratados ni obligados a trabajar,
asistan a la escuela, escucharlos.
Ø Políticas Sociales.
Las
Políticas Sociales son los grandes lineamientos que establece un país. Sus objetivos son asegurar las necesidades básicas
de toda la población, además de promover la igualdad y la adecuada calidad de
vida de los habitantes de un país. Su nivel de intervención es macro y es
aplicada con recursos públicos y privados, dependen del modelo de desarrollo
del país, del tipo de estado y de la política económica. (Vargas; 2008)
En
chile el SENAME es el principal organismo que se encarga de los derechos del
niño, pertenece al ministerio de justicia y es desde ese lugar donde los niños
son enviados al SENAME donde este asegura la protección a los niños. Además en
casos de abusos o violencia ofrece tratamiento psicológico, no obstante, no da
abasto con todos los casos por lo que suelen hacer listas de esperas, lo que no
es correcto en casos donde los niños tienes que ser prioridad. También se
encargará de la justicia de los niños que delinquen. Y por último practicará
una función comunicativa, es decir, a través de los medios sociales, foros,
publicidad, ejercerá una acción preventiva para que no se vulneren más los
derechos del niño.
Además
del SENAME, existen otras instituciones públicas y privadas, las cuales
trabajarán en conjunto. Estas son:
1.
MINEDUC
2.
JUNAEB
3.
JUNJI
4.
MIDEPLAN
5.
ODP
6.
Unicef
7.
OMS
8.
ONU
9.
Hogares.
Ø Derechos del niño Hospitalizado
Los
Derechos de los Niños como ya se ha hablado anteriormente, son ley y por tanto
no deben violarse no es distinto en el caso de niños hospitalizados ya que esta
condición no debe inhabilitar sus derechos.
Muy
por el contrario los hospitales deben velar para que los derechos del niño sean
aplicados en la vida diaria de los menores hospitalizados, siempre teniendo en
cuenta el interés superior el niño. Uno
de los derechos más importantes en este tema es el derecho que tiene los niños
a los más altos niveles posibles de salud y a servicios para el tratamiento de
enfermedades y a la rehabilitación.
Los
derechos empiezan desde el nacimiento, ya que el recién nacido tiene derecho a
fortalecer su vinculo de apego, como también a permanecer con su madre y que
esta lo alimente exclusivamente de su leche, siempre y cuando sea lo optimo
para el lactante.
Otro
de los derechos que debe estar presente es aquel que se refiere a la identidad,
ya que todo niño tiene derecho a un nombre y esto debe cumplirse en centro de
salud en el cual se encuentre ya que todos deberán llamarlo por su nombre y
este ultimo debe estar escrito en
carteles, en la cama o en su pijama de forma legible.
El
niño hospitalizado tiene derecho a permanecer en un lugar seguro y adecuado
para la rápida mejoría de su enfermedad, por lo tanto debe estar en un lugar
que vele por su integridad física, sin riesgo de accidentes y o enfermedades
contagiosas, e integridad psicológica debido a que este lugar debe entregar
seguridad y armonía al niño.
Otros
derechos que deben cumplirse son aquellos que tienen que ver con su salud como
el ser informado respecto a su enfermedad y a la forma en que se realiza su
tratamiento, de una forma adecuada a la edad de este; como también tiene
derecho a optar sobre alternativas que otorgue el tratamiento, como elegir si
quiere jarabes o pastillas, de igual forma tiene derecho a que se considere la
opción de evitar la inmovilización y en caso de no lograrlo, esta debe hacerse
de la manera más adecuada para el niño. Otro caso en el que los derechos se
deben cumplir es en aquel que tiene que ver con la diversión, ya que el menor
tiene derecho a jugar, aun cuando se encuentre hospitalizado.
Ya
que los niños tienen derecho a compartir y mantener contacto con todas aquellas
personas con las cuales tenían un vínculo previo a la hospitalización sobre
todo si esta se trata de los padres. Para este caso también es indispensable
que se cumpla el derecho de privacidad que tienen los niños, ya que el hospital
o lugar en el cual se encuentren internados debe brindarles espacios privados
donde puedan atender a sus visitas o también en el cual pueda ser atendido por
los profesionales de la salud. Es por esta razón que todos los profesionales
del área de la salud que interactúen con niños tienen que hacer valer sus
derechos a cabalidad. (UNICEF, UNICEF, niños hospitalizados,
2007)
Ø Reflexión situación fonoaudiólogo
Creemos
que el quehacer del fonoaudiólogo se ve implicado en cuatro ejes relacionados
directamente con los derechos de los niños.
·
Mejores prestaciones salud
Es necesario
brindar mejores prestaciones, refiriéndose a que exista realmente la manera de
que cada niño (con necesidades), pueda ser atendido por un fonoaudiólogo de
forma oportuna, para esto es necesario que existan estos profesionales en
consultorios y hospitales de mayor manera. También se debe informar a la
ciudadanía sobre el rol que estos mismos hacen, y plantear la relevancia de su
trabajo, para que no existan demoras en tratamientos que puedan llevar a un mal
mayor. Sería óptimo que cada profesional de la salud esté al tanto del contexto
de su paciente, de la historia de vida que él lleva para poder realizar,
entender y ahondar en la terapia, para esto sería requisito que no existiese
tiempos tan limitados en la atención del menor. Y el último punto importante es
fortalecer los equipos multidisciplinarios para una mejor atención, ser
consciente de que no por su condición de niño su opinión no deba ser tomada en
cuenta.
·
Igualdad / Discriminación:
Estar plenamente
conscientes de que no porque el niño sea de una situación económica u otra debe
verse diferenciado el trato o el mismo tratamiento que se hace, ya sea por ser
huérfano, o pobre (estratos más vulnerados), si no participar activamente para
que se mejores las coberturas de salud, para que más niños logren acceder a el
tratamiento que es su necesidad. Aclarar que tampoco es debido discriminar por
propias preferencias profesionales (restarse de darle un tratamiento a una
persona que verdaderamente lo necesita), condición física o mental.
·
Integración escuelas
En integración en
escuelas es referido al hecho de que el fonoaudiólogo participe en la
planificación de clases, de la estructura que se va a dar con niños, aportando
con sus conocimientos al profesor para
que el niño sea verdaderamente integrado y no sólo este en la sala “alrededor”
de los compañeros, disfrazando una realidad.
·
Maltratos y abusos
Es pertinente que
el fonoaudiólogo esté atento al comportamiento de su paciente para poder
derivar si es necesario, y brindarle así una mayor red de apoyo. Respecto a la labor en sí, la confianza que
se genera y la privacidad, es importantísimo que se tenga presente la realidad
chilena, que como ya se ha descrito antes, existe un estallido de abusos, por
tanto ser lo más transparente y correcto, en especial en escuelas donde los
padres de los niños no asisten a las sesiones, el tema está demasiado delicado,
entonces es necesario que por nuestras propias acciones y experiencias de los
padres esa confianza se vuelva a generar.
En
Conjunto con todo lo antes mencionado también somos responsables de actuar en
pro de los derechos de los niños profesional y humanamente, destacándose
también el trato digno, respetar su expresión (y trabajar porque ella se dé); y
darles la seguridad de su identidad, al tratarlos por su nombre y no como
cualquier paciente
- ¡La voz de los niños!
Pequeño vídeo grabado en distintas comunas de santiago, donde los niños expresan sus deseos al futuro presidente. Acá podemos ver que los niños tienen su propio punto de vista, cada uno tiene sus expectativas distintas, y a pesar de su corta edad, algunos ya pueden darse cuenta de los problemas que le afectan a Chile por tanto a ellos.
- Para más información, y fuentes, haga click acá